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Resintonización de televisores por el segundo dividendo digital.

Con motivo de la implantación de la telefonía móvil 5G, se han publicado en el BOE los Reales Decretos 391/2019 y 392/2019, con fecha 21 de junio de 2019. En ellos se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan diversos aspectos del segundo dividendo digital para dejar libre la banda de 700 MHz. (canales de UHF del 49 en adelante), para su empleo en la telefonía móvil 5G.

El proceso completo deberá estar finalizado en Junio de 2020.

El cese de emisión en los canales del 49 en adelante, tendrá que ser anterior a esa fecha. Inicialmente está previsto emitir simultáneamente en la nueva y en la antigua frecuencia, indicando que esta pronto desaparecerá, para dar tiempo a sintonizar y adaptar las antenas a estos nuevos canales.

Al igual que anteriormente con la implantación del 4G, para los vecinos de El Bosque el impacto será mínimo, fundamentalmente porque la mayoría de los vecinos disponen de antenas individuales y amplificadores de banda ancha. Eso quiere decir que cualquier frecuencia dentro de la banda de UHF será amplificada por igual, con pequeños márgenes de variación. En estos casos, únicamente será necesario resintonizar los televisores.

Es más, puede que en algunos casos veamos mejorada la recepción, ya que al utilizar frecuencias más bajas podremos recibirlas y amplificarlas mejor. Por lo tanto y con carácter general, no tenemos que preocuparnos en absoluto de cambiar de antena o amplificador.

Los que sí se verán afectados por esta reasignación de frecuencias serán aquellos vecinos que tengan amplificadores monocanal, como ocurre en muchos edificios con antenas colectivas.

En estos casos, se deberán reajustar los amplificadores de la antena colectiva y, en determinadas situaciones, puede que sea necesaria su sustitución. Sólo para estos casos, se ha regulado la concesión de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la necesaria adaptación a las nuevas frecuencias.

Estas subvenciones se concederán y por una sola vez, a comunidades de propietarios y se destinarán a cubrir los gastos directamente relacionados con las actuaciones necesarias para la recepción de los canales de TDT afectados por el cambio de frecuencias. Para poder obtener la subvención, las actuaciones tienen que ser realizadas por empresas que estén inscritas en el Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicación en los tipos “A” o “F”.

Estas solicitudes deberán presentarse en la Entidad Pública Empresarial Red.es o en el Ministerio de Economía y Empresa en los términos que establezca la convocatoria, siendo el último día de presentación el 30 de septiembre de 2020.

Esto último, no será de aplicación a propietarios de vivienda individual.

Si se produjera cualquier modificación o ampliación de este tema, volveremos a informar.

Vocalía de Comunicación.